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La moneda de curso legal, también llamada moneda corriente y unidad monetaria, es la forma de pago, definida por la ley de un Estado, que se ha declarado aceptable como medio de cambio y forma legal de cancelar las deudas.
El curso legal se otorga en ciertas especies de moneda, el cual lo hace independiente del diseño o cantidades expresadas en la moneda. En algunos casos el curso legal puede incluir equivalencias con otras monedas o unidades de cuenta. Por ejemplo, el pago de derechos aduaneros, al interior de un país, se puede expresar en la(s) principal(es) moneda(s) usada(s) para el comercio internacional. En algunos casos, la contabilidad de una empresa puede expresarse en otra moneda (por ejemplo, dólares estadounidenses), pero el cobro y el pago de obligaciones entre personas o instituciones en el país solo se puede efectuar con la moneda nacional definida como de curso legal. En algunos casos se puede establecer el curso legal de dos monedas de distinto origen (la moneda nacional y una extranjera): por ejemplo, el dólar estadounidense y la moneda nacional, como en los casos de Panamá 1904, de Ecuador 2000 y El Salvador 2001.
Además un conjunto de países pueden también ceder en su soberanía económica y acordar una moneda en común de curso legal como, por ejemplo, el euro o el suspendido SUCRE.